Las unidades y vehículos para el transporte de substancias, materiales o residuos peligrosos, deben portar carteles -rombo- de identificación. Porta nuestros carteles para que tu operación cumpla con la NOM-004-SCT/2008 y la próximamente aplicable PROY-NOM-003-SCT-SEMAR-ARTF-2021.
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